información pública

¿Qué es?

Este compuesto es un herbicida agrícola que posee gran persistencia en el medio ambiente y fue fabricado en 1951.

Esta sustancia se encuentra regulada bajo la Directiva CE 76/464 del Consejo, de 4 de mayo de 1976, relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático de la Comunidad. También se encuentra regulada por la Directiva 93/58/CEE del Consejo de 29 de Junio de 1993 por la que se modifican el Anexo II de la Directiva 76/895/CEE relativa a la fijación de los contenidos máximos de residuos de plaguicidas en las frutas y hortalizas.

Propiedades físicas

El diurón es un sólido cristalino blanco, con un punto de fusión de aproximadamente 158ºC y cuya estructura química se descompone a temperatura superiores a 180ºC. Es soluble en agua y en disolventes orgánicos polares, pero escasamente soluble en hidrocarburos. Presenta gran estabilidad química a temperatura ambiente, aunque a temperaturas elevadas se descompone.

Fuentes de emisión y aplicaciones del diurón

Se trata de un herbicida agrícola que se utiliza principalmente, para combatir las malas hierbas en épocas de cosecha. No se conocen fuentes naturales de emisión debido a que es producto sintético.

Efectos sobre la salud humana y el medio ambiente

La exposición de altas concentraciones de diurón puede provocar alteraciones en la sangre e incluso tumoración y cáncer en el ser humano.

Es un producto que se adhiere fuertemente al suelo y es altamente persistente, permaneciendo en él durante un año, entre los primeros 5-10 centímetros de la capa superior del suelo.

En caso de vertido a las aguas superficiales, puede quedar retenido en los sedimentos marinos, llegando a causar una gran toxicidad en los organismos marinos e incluso su muerte.

Fuente: ECHA (European CHemical Agency)

https://echa.europa.eu/substance-information/-/substanceinfo/100.005.778

Umbrales de información pública establecidos por el RD 508/2007 (kg/año)

Umbral de información pública a la atmósfera: -

Umbral de información pública al agua: 1 kg/año

Umbral de información pública al suelo: 1 kg/año
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